Ocurrió recientemente en Antofagasta y otras Regiones del país, esta vez, el tribunal de alzada de Iquique revisó los Recursos de Amparo de 17 ciudadanos venezolanos que ingresaron a Chile por pasos no habilitados y ordenó dejar sin efecto los Decretos de expulsión dictados por la Intendencia de Tarapacá.
¿Qué dice el fallo?
La resolución señala que “Al haber aplicado la autoridad migratoria la sanción de expulsión sin que existiera una investigación y proceso previo debida y legalmente tramitado, constituye una violación a la garantía constitucional del artículo 19 N° 3 inciso 6° de la Constitución Política, ya que en ningún momento se ha brindado a la amparada la oportunidad de defenderse, ser oída, aportar pruebas en los hechos que se le imputan, y sólo después de haber cumplido con este mandato legal, es que puede la administración, en uso de su facultad sancionadora, y siempre dentro de los límites que establezca la Constitución y las leyes, dictar las medidas que se encuentren dentro de sus competencias”.
Además, agrega que antes de aplicar la sanción de expulsión, la Intendencia Regional de Tarapacá debió someterla a una investigación y un procedimiento previo, tal como se exige a la hora de juzgar a una persona a la cual se le imputa un delito, para garantizarle su derecho a la defensa. “Al prescindir de ello, y disponer sin más su expulsión del territorio nacional, se configura en los hechos un acto de la administración de carácter inconstitucional”, dice el fallo.